Listado de documentos
- 30-07-10 RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2010, de la Agencia Valenciana de la Energía, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Electrodomésticos, destinadas a la compra de electrodomésticos de alta eficiencia energética
- 28-07-10 Datos INE: Índice de Ventas al por menor (junio 2010)
Estimado/a amigo/a:
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado una nota de prensa sobre el Índice de Comercio al por Menor correspondiente al mes de Junio de 2010.
Cabe destacar que las ventas del comercio minorista a precios constantes alcanza el +0,9% en Junio respecto al mismo mes de 2009, lo que supone una mejora de +0,6 décimas respecto los datos registrados en Mayo.
La tasa media del Índice de Ventas al por Menor general en los seis primeros meses del año es un -0,9% menos que en el mismo mes del año pasado.
Por otra parte, si analizamos la tasa en la variación de ventas, todas las Comunidades Autónomas obtienen una tasa de variación interanual positiva, excepto seis: Andalucía, Aragón, Asturias, País Vasco y sobre todo Islas Baleares (-3,2%) y Canarias (-4,2%).
Así mismo, la tasa interanual muestra resultados positivos para todos los modos de distribución, mientras que, en el caso de la tasa de ocupación según los modos de distribución se presenta una tasa interanual del -1%.
Únicamente tienen resultados positivos la ocupación en las estaciones de servicio (+0,2%), mientras que, el mayor descenso se encuentra en las pequeñas cadenas con una tasa interanual del -2,9%.
Si hacemos un análisis regional, solo Asturias, Cantabria, Castilla y la Mancha y Extremadura tienen variaciones interanuales positivas en cuanto evolución de la tasa de ocupación.
Para una mayor información, se adjunta el documento completo.
Esperando sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
- 28-07-10 Nota informativa sobre operaciones vinculadas para la campaña del Impuesto de Sociedades 2009
Estimado/a asociado/a:
El pasado día 10 de julio se publicó en el BOE el Real Decreto 897/2010, de 9 de julio, del Ministerio de Economía y Hacienda, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto de Sociedades aprobado por Real Decreto 1777/2004 de 30 de julio, en materia de las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas.
Las principales modificaciones introducidas hacen referencia a la no obligación de presentar documentación de las operaciones vinculadas en los siguientes casos:
Las realizadas con una misma persona o entidad vinculada, siempre que en su conjunto no superen los 250.000 euros. Esta exención no se aplicará cuando:
- Se realicen con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, excepto que residan en un Estado Miembro de la Unión Europea y respondan a motivos económicos válidos.
- Se realicen por personas físicas que tributen por el sistema de estimación objetiva con sociedades que individualmente o con algún familiar (cónyuge, ascendientes o descendientes) posea más del 25% del capital social o fondos propios.
- Transmisión de negocios, valores o participaciones en los fondos propios de cualquier tipo de entidad no admitidos a negociación en alguno de los mercados de valores.
- Transmisión de inmuebles o de activos intangibles.
- Las realizadas entre personas o entidades cuya cifra neta de negocios del periodo impositivo no exceda a 8 millones de euros y el conjunto de las operaciones vinculadas no exceda de 100.000 euros, excepto las que se realicen con personas o entidades residentes en un paraíso fiscal que deberán documentarse, salvo que residan en un Estado Miembro de la Unión Europea y respondan a motivos económicos válidos.
- Las operaciones realizadas entre entidades integrantes en un mismo grupo de consolidación fiscal, así como las realizadas por las agrupaciones de interés económico y por las uniones temporales de empresas.
- Las realizadas en el ámbito de ofertas públicas de venta o adquisición de valores.
- Las realizadas entre entidades de crédito integradas a través de un sistema institucional de protección aprobado por el Banco de España.
Estas modificaciones entraron en vigor el pasado 12 de julio y con efecto retroactivo para los periodos impositivos generados a partir del 19 de febrero de 2009.
Por otra parte, se adapta el porcentaje de retención a cuenta el Impuesto de Sociedades, que pasa a ser, en términos generales, del 19% con efectos para los periodos impositivos generados a partir del 1 de enero de 2010.
Con el fin de recoger toda esta información la Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa que incluye un cuadro resumen con las obligaciones formales a cumplir por los obligados tributarios.
Para una mayor información adjuntamos dicho cuadro resumen, así como la normativa de referencia reguladora del Impuesto de Sociedades.
Esperando sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
- 28-07-10 Las ventas del comercio al por menor aumentaron en junio un 0,9% en relación al mismo mes de 2009
Telenoticies 2ª ed. (Televisión Municipal Valencia)
- 20-07-10 Orden 17/2010, de 14 de julio, por la que se amplia el plazo de presentación de solicitudes del Plan de Competitividad del Comercio Urbano para el ejercicio 2010
Estimado/a asociado/a:
Se ha publicado en el DOCV del día de hoy la Orden de 17/2010, de 14 de julio, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2009, por la que se regulan las ayudas para el Plan de Competitividad del Comercio Urbano y la Cooperación Comercial para el ejercicio 2010.
La modificación afecta únicamente al plazo de presentación de las solicitudes, abriéndose un nuevo plazo presentación para acogerse a las ayudas previstas en la Orden de 30 de diciembre de 2009.
El plazo que se establece es de cinco días hábiles contados desde la publicación de la presente Orden en el DOCV (del 21 al 26 de julio).
Para una mayor información, te adjuntamos, nuevamente, la Orden de 30 de diciembre, así como un resumen de la misma.
Esperando sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
- 18-07-10 Siete de cada diez españoles apuestan por ahorrar antes que gastar
- 15-07-10 Charla-informativa organizada por AECTA: “Cheque Gestión 2010” (19 de julio, 09:30 h)
Estimado/a amigo/a:
Como ya os informamos, el pasado día 9 de julio se publicó en el DOCV la Resolución de 2 de julio de 2010, del Presidente del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), por la que se convocaban las ayudas del Programa Cheque Gestión para el ejercicio 2010 y la adhesión a dicho programa de empresas consultoras en condición de centros proveedores.
Con el fin de presentar este programa y proporcionar una información más detallada del mismo, la Asociación de Empresas de Consultoría Terciario Avanzado Comunidad Valenciana (AECTA) va a celebrar una charla informativa que tendrá lugar en la sede de CIERVAL (C/ Hernán Cortés, 4) el próximo lunes día 19 de julio a las 9:30h.
Durante la sesión se informará de los beneficios de la ayuda presentada por un representante de AECTA que expondrá a los asistentes los detalles del cheque, así como las actuaciones apoyables y los requisitos para las mismas.
La asistencia es gratuita, en caso de desear asistir, se deberá confirmar asistencia en: info@aecta.org o en el teléfono 96 392 32 10 (Sta. Carmen).
- 15-07-10 Asociación de Comerciantes de Orriols-Torrefiel-San Antonio
C/ San Juan Bosco, 78 bajo
46019 ValenciaPresidente: José Antonio Mas Rodríguez
Secretario General: Santiago Sánchez Ferrer - 13-07-10 Datos INE: Índice de Precios de Consumo (junio 2010)
Estimado/a amigo/a:
El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado una nota de prensa sobre el Índice de Precios al Consumo correspondientes a Junio de 2010.
Cabe destacar que la tasa de variación interanual del IPC del mes de Junio disminuye tres décimas respecto el mes de Mayo, y se sitúa en el 1,5%.
Los sectores que más han contribuido a la disminución del IPC son: el Transporte, dada la caída del precio del carburante y la Vivienda con una disminución de cinco décimas.
Para una mayor información, se adjunta el documento completo.
Esperando sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
- 13-07-10 Concesión de ayudas para el desarrollo de actividades de las Asociaciones del sector del libro de la Comunitat Valenciana
Estimado/a amigo/a:
En el DOCV del día 12 de julio ha sido publicada la Orden 28/2010, de 7 de julio, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso público para la concesión de Ayudas para el desarrollo de actividades de las Asociaciones del sector del libro de la Comunitat Valenciana.
Objeto: Concesión de ayudas a las Asociaciones del sector del libro de la Comunitat Valenciana destinadas a sufragar sus actividades.
Serán objeto de ayuda las actividades siguientes:
- Organización de congresos, encuentros, ciclos de conferencias, mesas redondas, exposiciones y cursos en torno a temas específicos de estos colectivos profesionales.
- Edición de publicaciones (revistas, índices, catálogos,…) en torno a temas específicos de estos colectivos.
- Gastos de funcionamiento y protocolo generados por la actividad de estas asociaciones.
Beneficiarios: Asociaciones de ilustradores, tipógrafos, escritores, editores y libreros cuya sede y actividad radique en la Comunitat Valenciana.
Cuantía de la Subvención: Hasta el máximo del 100% de los gastos ocasionados en la ejecución de los programas de actividades que realicen las asociaciones y hasta un 25% del gasto total de funcionamiento y protocolo.
Las actividades a financiar deberán estar comprendidas entre el 16 de octubre de 2009 y el 30 de junio de 2010.
Tramitación de la ayuda: La solicitud de la ayuda se presentará en modelo normalizado junto con la documentación señalada en el punto quinto de las bases de la convocatoria.
Lugar de presentación de solicitudes: en el Registro Auxiliar de la Biblioteca Valenciana (Monasterio de San Miguel de los Reyes. Av/ Constitución 284. C.P. 46019. Valencia); en los Registros de las Direcciones Territoriales de Cultura y Deporte o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/92.
También se podrá realizar la presentación y registro por medios electrónicos, para lo cual se requerirá certificado de firma electrónica de entidad emitido por la ACCV.
Plazo de presentación: 15 días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOCV (finalizando, por tanto, el plazo el 27 de julio).
Para una mayor información, se adjunta la Orden.
Esperando que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo.